24.853
VIDAS SALVADAS*
155
CENTROS DE ABORTO CERRADOS*
263
RENUNCIAS DE TRABAJADORES DEL ABORTO*
*Desde 2007 en todo el mundo
UNIDOS EN ORACIÓN Y AYUNO
POR EL FIN DEL ABORTO
del 25 de septiembre al 3 de noviembre
en Bolivia
SALVANDO VIDAS Y ALMAS
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El aborto en Bolivia
1. Se realice durante las primeras ocho (8) semanas de gestación, por única vez y además la mujer:
a) Se encuentre en situación de calle o pobreza extrema;
b) No cuente con recursos suficientes para la manutención propia o de su familia;
c) Sea madre de tres o más hijos o hijas y no cuente con recursos suficientes para su manutención; o,
d) Sea estudiante; o,
2. En cualquier etapa de la gestación cuando:
a) Se realice para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada;
b) Se realice para para prevenir un riesgo presente o futuro para la salud integral de la mujer embarazada;
c) Se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida;
d) El embarazo sea consecuencia de violación o incesto; o,
e) La embarazada sea niña o adolescente.
VI. El sistema nacional de salud no podrá negar la interrupción del embarazo alegando objeción de conciencia y estará obligado a mantener el secreto profesional. El único requisito para la interrupción del embarazo en los casos señalados será el llenado de un formulario de constancia del consentimiento informado de la mujer y el señalamiento de la causal y circunstancias de su decisión.